miércoles, 21 de junio de 2017

¿Pueden multar por traer sonido alto?

En días recientes el gobierno de Zapotlanejo comenzó a difundir que comenzaría a multar y hasta mandar los carros al corralón cuando sus conductores circularan con sonido alto, pero nada mas le faltó decir dónde se sustenta tales acciones.

Después de preguntar a las propias autoridades, y buscar en la propia página del gobierno local, pudimos dar con el reglamento donde se autoriza a los policías viales a multar por circular con sonido alto.

Según el artículo 48 del Reglamento de Movilidad  (2016), menciona en el párrafo 10 que está prohibido para los conductores utilizar equipos de sonido o aparatos musicales con volumen tal que cause molestias y contamine el ambiente con ruido, o hacer uso indebido o excesivo del claxón.

Pero este reglamento no se lo sacaron de la manga ya que la Ley de Movilidad de Jalisco menciona la misma prohibición. Lo que no pudimos localizar en ningún artículo y parece que sí se sacaron de la manga, es llevarse al corralón a un vehículo por traer el sonido alto.

El reglamento es muy claro y señala las acciones donde puede ser remolcado el vehículo y es por tener infracciones sin pagar, donde solo se retendrá el vehículo  (Art. 124), se podrá llevar al corralón cuando esté mal estacionado o sea protagonista de algún accidente  (Art. 128), mientras que la ley estatal menciona que puede remolcarlo por portar placas sobrepuestas, falta de documentos y el conductor se encuentre en estado de ebriedad.

El artículo 130 del reglamento local menciona que solo en lo que exprese dicho documento se podrá llevar al corralón un vehículo, pero en ninguna parte del documento menciona que la provoque el sonido alto.

Uno de los argumentos que se vio tras este anuncio es el de "mi carro es de mi propiedad y puedo hacer lo que quiera", y no es así, los conductores deben sujetarse a los reglamentos vigentes.

Pero ya es común en Zapotlanejo que exista una Nula cultura vial y falta ver si se acata esta disposición y se hace cumplir.





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